2024

Roxana STANCIU, Una historia del juicio en ausencia de las partes: de la sentencia dictada en rebeldía a la suspensión voluntaria del proceso

DOI:https://www.doi.org/10.31178/AUBD/2024.19

Resumen: El juicioen presencia de las partes constituye una garantía del proceso equitativo, y la ausencia de estas en las vistas ya no conlleva la pérdida del proceso. No obstante, la renuncia a las garantías de un juicio justo, incluidas las vistas celebradas en presencia de ambas partes, debe ser expresa o desprenderse claramente de la conducta de la parte. De lo contrario, el tribunal no puede continuar con el juicio, lo que la ley considera una norma imperativa.

La «presunción de desistimiento» en la que se basa el caso de suspensión voluntaria del proceso previsto en el artículo 411, apartado 1, punto 2, del Código de Procedimiento Civil ha sido rebatida recientemente mediante la teoría según la cual la parte que solicita el aplazamiento del proceso por motivos justificados pretende, en realidad, impedir la suspensión voluntaria por incomparecencia de las partes. Las implicaciones y las deficiencias de esta teoría se analizarán a continuación, en contraste con la historia del juicio en ausencia de las partes.

Palabras clave: derecho procesal civil, suspensión del proceso, suspensión voluntaria