Parte I

Ion GÂLEA, profesor adjunto doctorando, Análisis crítico de las disposiciones de la Constitución de Rumanía relativas a la relación entre el derecho internacional y el derecho interno

El estudio presenta las principales disposiciones constitucionales y legales relevantes relativas a la relación entre el derecho internacional y el derecho interno, señalando los posibles problemas de interpretación, así como las posibles soluciones que podrían contemplarse en el futuro.

En una primera parte, el estudio presenta los modelos teóricos identificados por la doctrina, a saber, el monismo y el dualismo, con el objetivo de intentar encuadrar las disposiciones constitucionales en uno de estos modelos.

En cuanto al derecho consuetudinario internacional examinado en la segunda parte, se ha observado que la regulación del art. 10 de la Constitución deja margen para la interpretación, y la práctica de los tribunales es inconsistente. No obstante, teniendo en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Supremo, se propone interpretar este texto de manera que se garantice la aplicación de las normas del derecho consuetudinario internacional en el derecho interno.

En relación con los tratados, los principales problemas se refieren a la interpretación del artículo 11 de la Constitución, según el cual los tratados forman parte del derecho interno, pero no está claramente definida su fuerza jurídica. Aunque la doctrina ha considerado tradicionalmente que los tratados tienen la misma fuerza jurídica que la ley, se propone que el artículo 11, apartado (1), de la Constitución, que establece que el Estado rumano se obliga a respetar fielmente y de buena fe las obligaciones derivadas de los tratados internacionales en los que es parte, se interprete en el sentido de la prioridad de los tratados sobre las leyes. En apoyo de este argumento, se tiene en cuenta también la interpretación del texto constitucional mencionado de conformidad con algunas normas consuetudinarias del Derecho internacional, que se han incorporado a la legislación rumana mediante la Ley n.º 590/2003. Asimismo, se examina brevemente la categoría de los tratados en el ámbito de los derechos humanos, respecto a los cuales se prevé expresamente la primacía sobre las leyes internas en caso de conflicto de normas.

En la parte final, el estudio formula algunas propuestas de interpretación de las disposiciones constitucionales, así como de completamiento de estos textos, con vistas a posibles modificaciones constitucionales.

Palabras clave: monismo, dualismo, disposiciones constitucionales, derecho consuetudinario internacional, prioridad de los tratados sobre las leyes, derechos humanos