Partes III - IV
Ramona Delia POPESCU, profesora titular, Facultad de Derecho, Universidad de Bucarest, «La accesibilidad y la previsibilidad de la ley analizadas desde la perspectiva de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional»
La actividad legislativa implica que la regulación de las relaciones sociales mediante la ley y el resto de categorías de actos normativos se lleve a cabo respetando los principios generales de legislación propios del ordenamiento jurídico rumano, ya que la Constitución consagra, en su artículo 1, apartado 5, el principio constitucional de la supremacía de la misma. Las autoridades con competencias normativas tienen la obligación de ajustarse a las disposiciones constitucionales, legales y a los principios del derecho cuando elaboran actos normativos, así como de garantizar la calidad de la ley, en sentido amplio. La calidad de la ley supone que, en el proceso de elaboración de los actos normativos, se cumplan dos condiciones: la accesibilidad y la previsibilidad. Ambos conceptos se utilizan tanto en el marco del control de convencionalidad ejercido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos como en el marco del control de constitucionalidad ejercido por el Tribunal Constitucional, remitiéndose este último, en repetidas ocasiones, a la jurisprudencia del TEDH.
Palabras clave: accesibilidad, previsibilidad, supremacía de la Constitución, certeza, control de constitucionalidad