Parte I
Simona GHERGHINA, profesora adjunta y doctora, Facultad de Derecho, Universidad de Bucarest, «Los límites del uso de las garantías públicas indirectas en la financiación de las inversiones públicas»
Los contratos mediante los cuales se realizan inversiones públicas con financiación privada pueden incluir determinadas obligaciones del socio público que producen efectos similares a los de las garantías públicas directas y expresas. Estos mecanismos de garantía indirecta, aunque no estén regulados específicamente, determinan, por los efectos que pueden producir, la aplicabilidad de determinadas disposiciones legales generales. Esto da lugar a la existencia de varias categorías de limitaciones que deberían tenerse en cuenta a la hora de asumir tales obligaciones por parte de las personas jurídicas de derecho público, al menos hasta que se regulen.
Palabras clave: garantías públicas, fondos públicos, inversiones públicas, financiación privada, déficit y deuda pública, ayudas estatales