2019

Philippe CHAUVIRÉ, catedrático y doctor, Universidad de Lorena, La venta de bienes ajenos en el Derecho civil francés

DOI:https://www.doi.org/10.31178/AUBD.2019.08

Resumen:Aunque enla tradición civilista francesase sueleconsiderar ilegal, la venta de bienes ajenos ha sido, en realidad, objeto de un tratamiento más matizado en el derecho positivo. Tras la prohibición absoluta de 1804, el tratamiento es ahora más matizado, con una tolerancia respecto a la venta de bienes ajenos en muchos casos.

Este reconocimiento implícito no es ninguna sorpresa. Al contrario, merece ser alentado, ya que se adapta a las formas actuales de venta, especialmente en lo que respecta a los bienes de consumo, y restablece una frontera más clara entre las fases de formación y ejecución de un contrato.

Palabras clave: venta de un bien ajeno, nulidad