Parte IV

Andreea-Teodora STĂNESCU, profesora adjunta y doctoranda, «Consideraciones sobre el ejercicio de actividades económicas por cuenta propia en el derecho comparado»

El ejercicio de actividades económicas de forma independiente es una forma de desarrollar actividades económicas reservada a las personas físicas. Esto implica adoptar, de manera reiterada, un comportamiento que caracterice una actividad económica, de tal forma que se pueda concluir que se trata de la expresión del ejercicio de una profesión. Además, el ejercicio de actividades económicas por cuenta propia implica la ausencia de cualquier subordinación respecto al beneficiario de la actividad, la asunción de un riesgo y la previsión de obtener un beneficio. En general, los ordenamientos jurídicos consagran el derecho a ejercer actividades económicas a nivel constitucional. El ejercicio de este derecho queda regulado por normas jurídicas posteriores. Desde la perspectiva del acceso al ejercicio de la actividad económica de forma independiente, los ordenamientos jurídicos establecen limitaciones, introduciendo la obligación de cumplir determinados requisitos relacionados con: la ciudadanía, la capacidad, la edad o la moralidad. La verificación de estos requisitos se lleva a cabo mediante la realización de procedimientos de inscripción en el registro mercantil. El ejercicio de la actividad económica de forma independiente se caracteriza por la existencia de una responsabilidad ilimitada. En lo que respecta al cese del ejercicio de actividades económicas, los ordenamientos jurídicos regulan como causas principales la voluntad de la persona física y el incumplimiento de las condiciones de ejercicio.

Palabras clave: actividades económicas, derecho comparado, comerciante persona física